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Condiciones Generales

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, y demás normativa de aplicación, Vacaciones Singles (Easy Travel Connecton S.L.) . informa:

1. Legislación aplicable y aceptación de las condiciones generales

Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en el Libro IV (“Viajes Combinados”) del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y demás disposiciones legales vigentes que fueren de aplicación,

Las presentes Condiciones Generales forman parte de todos los contratos de viajes combinados cuyo objeto sean los programas/ofertas contenidos en el catálogo/folleto y obligan a las partes, con las condiciones particulares que se pacten en el contrato o que consten en la documentación del viaje facilitada simultáneamente a la suscripción del contrato.

2. Organización.

La organización de este viaje combinado ha sido realizada por la Agencia EASY TRAVEL CONNECTON, S.L. (en adelante, la “Agencia”), con C.I.F. nº B-84190370, CICMA 2371 Mm y domicilio en C/ Mayor nº 4 - 28013, Madrid

3. Forma de pago. Inscripciones y reembolsos.

En el acto de la inscripción y sin perjuicio del anticipo que autoriza el artículo 152 del RDL 1/2007, el cliente deberá abonar una suma que corresponda al 40% del importe total del viaje combinado o, en su caso, completar hasta ese importe las cantidades que hubiere entregado a cuenta, no considerándose plaza alguna como comprometida en firme mientras no se efectúe dicho depósito, y expidiendo la Agencia el correspondiente recibo en el que se especifique, además del importe anticipado por el cliente, el viaje combinado solicitado. Tal inscripción deberá formalizarse como máximo en el plazo de los diez días posteriores al pago del anticipo en su caso. Si el cliente no formalizara la inscripción dentro del plazo máximo establecido, se le reintegrará la suma depositada, deducidos, en su caso, los gastos de gestión que sean razonables.

El 60% restante deberá abonarse al menos quince días antes de la fecha de salida, considerándose en caso contrario la plaza como anulada y siéndole de aplicación las condiciones previstas en el apartado de anulaciones.

Si la contratación se produce dentro de los quince días anteriores a la fecha de salida, el importe total deberá abonarse en un solo pago inmediato para hacer efectiva la reserva. De no procederse al pago del precio total del viaje en las condiciones señaladas, se entenderá que el cliente desiste del viaje solicitado, siéndole de aplicación las condiciones previstas en el apartado de anulaciones.

4. Precio

4.1. El precio del Viaje Combinado incluye:

1. El transporte de ida y regreso, cuando este servicio esté incluido en el programa/oferta contratado y según las especificaciones que consten en el mismo o en la documentación que se entregue al cliente en el momento de suscribirlo.

2. El alojamiento, cuando este servicio esté incluido en el programa/oferta contratado, en el establecimiento y con el régimen alimenticio que figure en el contrato o en la documentación que se entrega al cliente en el momento de suscribirlo. En aquellos países en los que no exista clasificación oficial, la categoría que se indica en el programa/oferta es simplemente orientativa.

3. Traslados de entrada y salida en transporte exclusivo para el grupo desde los aeropuertos, puertos o estaciones hasta los hoteles cuando este servicio esté incluido

4. Seguro de Asistencia en Viaje, según límites y condiciones indicadas, con exclusión de aéreos y servicios sueltos independientes del programa del viaje combinado contratado. También se ofrece a los clientes la posibilidad de suscripción facultativa de un seguro de cancelación adicional.

5. Las tasas o impuestos de los establecimientos hoteleros y los impuestos indirectos Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.), Impuesto General Indirecto (I.G.I.C.), etc-, cuando sean aplicables.

6. La asistencia técnica durante el viaje, cuando este servicio esté específicamente incluido en el programa/oferta contratado.

7. Todos los demás servicios y complementos que se especifiquen concretamente en el programa/oferta contratado o que expresamente se haga constar en el contrato de viaje combinado.

Sólo se considerarán incluidos en el precio del viaje contratado los servicios expresamente detallados en la descripcion del viaje y documentación del viaje. Como norma general, ha de seguirse un criterio estricto de literalidad, que conduce a la conclusión de que lo que no esté específicamente detallado como comprendido en el precio del viaje, no estará incluido en éste.

4.2. Revisión de precios.

El precio del viaje combinado ha sido calculado en base a los tipos de cambio, tarifas de transporte, coste del carburante y tasas e impuestos aplicables en la fecha edición del catálogo/folleto o de las posteriores que, en su caso, se hayan hecho públicas de forma impresa.

Cualquier variación del precio de los citados elementos podrá dar lugar a la revisión del precio final del viaje, tanto al alza como a la baja, en los importes estrictos de las variaciones de precio aludidas.

Estas modificaciones serán notificadas al cliente, por escrito o por cualquier medio que permita tener constancia de la comunicación efectuada, pudiendo, cuando la modificación efectuada sea significativa, desistir del viaje, sin penalización alguna, o aceptar la modificación del contrato.

En ningún caso, se revisará al alza en los veinte días anteriores a la fecha de salida del viaje, respecto de solicitudes ya realizadas.

4.3. Exclusiones.

1-El precio del viaje combinado no incluye: Visados, tasas de aeropuerto, y/o tasas de entrada y salida, certificados de vacunación, “extras” tales como llamadas telefónicas, cafés, vinos, licores, aguas minerales, regímenes alimenticios especiales -ni siquiera en los supuestos de pensión completa o media pensión, salvo indicación en contrario en el programa/folleto-, lavado y planchado de ropa, servicios de hotel opcionales, y, en general, cualquier otro servicio que no figure expresamente en el apartado “El precio del Viaje Combinado incluye” o no conste específicamente detallado en el programa/oferta, en el contrato o en la documentación que se entrega al cliente al suscribirlo.

2-Excursiones o visitas facultativas. En el caso de excursiones o visitas facultativas no contratadas en origen, debe tenerse presente que no forman parte del contrato de viaje combinado, salvo indicación en contrario en el catálogo/folleto. Su publicación en el catálogo/folleto tiene mero carácter informativo y el precio está expresado como “estimado”. Por ello, en el momento de contratarse en el lugar de destino, pueden producirse variaciones sobre sus costes, que alteren el precio estimado.

Por otra parte, dichas excursiones serán ofrecidas al cliente con sus condiciones específicas y precio definitivo de forma independiente, no garantizándose hasta el momento de su contratación la posible realización de las mismas.

3-Viajes de nieve. En los viajes de nieve, salvo indicación en contrario en el catálogo/folleto, no estarán incluidos los remontes y cursillos de esquí.

4-Propinas. Dentro del precio del viaje combinado no están incluidas las propinas, salvo indicación en contrario en el catálogo/folleto. En el caso de los cruceros, en el precio del viaje no está incluida una aportación complementaria que usualmente, aunque de forma errónea, suele denominarse propina, cuyo importe está fijado antes de comenzar el crucero y en función de la duración del viaje, y que tiene como único destinatario al personal de servicio, respecto de la cual al inicio del viaje se advierte al cliente que debe asumir el compromiso de entregarla a la finalización del viaje.

5. Desistimiento del cliente. Cesiones y Cancelación del viaje por no alcanzar el número de personas inscritas el mínimo previsto.

En todo momento el cliente puede desistir de los servicios solicitados o contratados, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiera abonado, tanto si se trata del precio total como del anticipo previsto, pero deberá indemnizar a la Agencia por los conceptos que a continuación se indican (siempre que en el programa y documentación de viaje no se especifiquen otros diferentes):

1) Los gastos de gestión (20€) más los gastos de anulación, si los hubiere.

2) Una penalización, consistente en el 5% del total del viaje si el desistimiento se produce con más de diez días y menos de quince de antelación a la fecha de comienzo del viaje; el 15% entre los días 3 y 10, y el 25% dentro de las cuarenta y ocho horas anteriores a la salida.

3) De no presentarse a la hora prevista para la salida, no tendrá derecho a devolución alguna de la cantidad abonada, salvo acuerdo entre las partes en otro sentido.

Se entenderán como causas de fuerza mayor, que eximirán al cliente de su responsabilidad, el fallecimiento, enfermedad grave o accidente corporal grave del usuario, cónyuge, hijos padres o hermanos.

- En el caso de que alguno de los servicios contratados y anulados estuviera sujeto a condiciones económicas especiales de contratación, tales como flete de aviones, buques, tarifas especiales, etc, los gastos de anulación por desistimiento del cliente se establecerán de acuerdo con las condiciones preestablecidas en el momento de la reserva

En el caso de los programas cuya porción aérea se efectúa en vuelo chárter, “part-chárter” (clase bloqueo) o tarifas aéreas condicionada su reserva por el transportista a gastos de anulación, estarán gravadas por los siguieres recargos especiales por desistimiento, que serán acumulativos a los aquí establecidos:

Precio medio de la plaza aérea para estos vuelos a países de la Unión Europea (UE): 300 €, países europeos no pertenecientes a la UE: 400 €; Transcontinentales (largas distancias): 1.000 €. Ver condiciones particulares al final. En el caso de alojamiento, la penalización real cargada por el hotel o proveedor por el desistimiento.

Las condiciones fijadas para los gastos de anulación serán plenamente aplicables con independencia que la cancelación se haya producido por causas de fuerza mayor del cliente.

- El cliente del viaje combinado podrá ceder su reserva a una tercera persona, solicitándolo por escrito con quince días de antelación a la fecha de inicio del viaje, salvo que las partes pacten un plazo menor en el contrato. Tal cesión no será posible cuando el viaje en cuestión o la emisión de billetes no permitan cambios de nombre o conlleven penalización

El cesionario tendrá que reunir los mismos requisitos que tenía el cedente, exigidos con carácter general para el viaje combinado, y ambos responderán solidariamente ante la Agencia de Viajes del pago del precio del viaje y de los gastos adicionales justificados de la cesión.

-- En los casos que el Organizador condicione, y así lo especifique expresamente, la viabilidad de la oferta de viaje combinado a contar con un mínimo de participantes y por no alcanzarse ese número, se produzca la anulación del viaje, el usuario tendrá derecho exclusivamente al reembolso del total del precio o de las cantidades anticipadas, sin que pueda reclamar cantidad alguna en concepto de indemnización, siempre y cuando la Agencia se lo haya notificado por escrito con un mínimo de diez días de antelación a la fecha prevista de inicio del viaje. Este criterio es el seguido cuando se produzca alguna causa de fuerza mayor cualquier día antes de la salida y así se comunique.

6. Alteraciones.

La Agencia se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados contenidos en el programa/oferta que ha dado origen al contrato de viaje combinado, con las condiciones y características estipuladas, todo ello de acuerdo a los siguientes extremos:

a) En el supuesto de que, antes de la salida del viaje, el organizador se vea obligado a modificar de manera significativa algún elemento esencial del contrato, incluido el precio, deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del cliente, bien directamente, bien a través de la respectiva agencia en la que contrate su viaje.

b) En tal supuesto, y salvo que las partes convengan otra cosa, el cliente podrá optar entre resolver el contrato sin penalización alguna o aceptar una modificación del contrato en el que se precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio. El cliente deberá comunicar la decisión que adopte al Detallista (aquel que vende u ofrece el viaje) o, en su caso, al Organizador del viaje dentro de los tres días siguientes a ser notificado de la modificación a que se refiere el apartado a). En el supuesto de que el cliente no notifique su decisión en los términos indicados, se entenderá que opta por la resolución del contrato sin penalización alguna.

c) En el supuesto de que el cliente opte por resolver el contrato, al amparo de lo previsto en el apartado b), o de que el Organizador cancele el viaje combinado antes de la fecha de salida acordada, por cualquier motivo que no le sea imputable al cliente, éste tendrá derecho, desde el momento en que se produzca la resolución del contrato, al reembolso de todas las cantidades pagadas, con arreglo al mismo, o bien a la realización de otro viaje combinado de calidad equivalente o superior, siempre que el Organizador o Detallista pueda proponérselo. En el supuesto de que el viaje ofrecido fuera de calidad inferior, el Organizador o el Detallista deberá reembolsar al cliente, cuando proceda, en función de las cantidades ya desembolsadas, la diferencia de precio, con arreglo al contrato. Este mismo derecho corresponderá al cliente que no obtuviese confirmación de la reserva en los términos estipulados en el contrato.

d) En los anteriores supuestos, el Organizador y el Detallista serán responsables del pago al cliente de la indemnización que, en su caso, corresponda por incumplimiento del contrato, que será del 5 por ciento del precio total del viaje contratado, si el citado incumplimiento se produce entre los dos meses y quince días inmediatamente anteriores a la fecha prevista de realización del viaje; el 10 por ciento si se produce entre los quince días y tres días anteriores, y el 25 por ciento en el supuesto de que el incumplimiento citado se produzca en las cuarenta y ocho horas anteriores.

e) No existirá obligación de indemnizar en los siguientes supuestos:

• Cuando la cancelación se deba a que el número de personas inscritas para el viaje combinado sea inferior al exigido y así se comunique por escrito al cliente antes de la fecha límite fijada a tal fin en el contrato.

• Cuando la cancelación del viaje, salvo en los supuestos de exceso de reservas, se deba a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles, cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.

f) En el caso de que, después de la salida del viaje, el Organizador no suministre o compruebe que no puede suministrar una parte importante de los servicios previstos en el contrato, adoptará las soluciones adecuadas para la continuación del viaje organizado, sin suplemento alguno de precio para el cliente, y, en su caso, abonará a este último el importe de la diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas. Si el cliente continúa el viaje con las soluciones dadas por el Organizador, se considerará que acepta tácitamente dichas propuestas.

g) Si las soluciones adoptadas por el Organizador fueran inviables o el cliente no las aceptase por motivos razonables, aquél deberá facilitar a éste, sin suplemento alguno de precio, un medio de transporte equivalente al utilizado en el viaje para regresar al lugar de salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido, sin perjuicio de la indemnización que en su caso proceda.

h) En caso de reclamación, el detallista o, en su caso, el organizador deberá obrar con diligencia para hallar soluciones adecuadas.

i) En ningún caso, todo aquello no incluido en el contrato de viaje combinado (como, por ejemplo, billetes de transporte desde el lugar de origen del pasajero hasta el lugar de salida del viaje, o viceversa, reservas de hotel en días previstos o posteriores al viaje, etc.) será responsabilidad del Organizador, no existiendo obligación de indemnizar por esos posibles gastos de servicios independientes en caso de que el viaje se cancele por las causas previstas en el apartado e).

j) Si los traslados/asistencia del hotel-aeropuerto o viceversa u otros similares, incluidos en la oferta, no se cumpliesen, fundamentalmente por causas ajenas al transferista y no imputables al Organizador, éste reembolsará el importe del transporte alternativo utilizado por el cliente en el desplazamiento, previa presentación del recibo o factura correspondiente.

7. Obligación del cliente de comunicar todo incumplimiento en la ejecución del contrato.

El cliente está obligado a comunicar todo incumplimiento en la ejecución del contrato preferentemente “in situ” o, en otro caso, a la mayor brevedad posible- por escrito o en cualquier otra forma en que quede constancia, al organizador o al detallista y, en su caso, al prestador del servicio de que se trate.

En el caso de que las soluciones arbitradas por la Agencia -Organizador o Detallista- no sean satisfactorias para el cliente, éste dispondrá del plazo de un mes para reclamar ante la Agencia detallista o el organizador, siempre a través de aquella. La Agencia detallista o el organizador dispondrán de cuarenta y cinco días naturales para dar respuesta a la reclamación planteada por el cliente, plazo que comenzará a contarse a partir del día siguiente a la presentación de la reclamación ante la Agencia Detallista.

8. Prescripción de acciones.

No obstante lo dispuesto en el apartado precedente, el plazo de prescripción de las acciones derivadas de los derechos reconocidos en el Libro IV del RDL 1/2007 será de dos años, según queda establecido en el artículo 164 de la citada disposición.

9. Responsabilidad.

General

La Agencia de Viajes Organizadora y la Detallista vendedora final del viaje combinado responderán frente al cliente, en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho de los Organizadores y Detallistas a actuar contra dichos prestadores de servicios. El Organizador manifiesta que asume las funciones de organización y ejecución del viaje. Los Organizadores y los Detallistas de viajes combinados responderán de los daños sufridos por el cliente como consecuencia de la no ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

1. Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al cliente.

2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.

3. Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.

4. Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista o, en su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar.

No obstante, en los supuestos de exclusión de responsabilidad por darse alguna de las circunstancias previstas en los números 2, 3 y 4 el organizador y el detallista que sean partes en el contrato de viaje combinado estarán obligados a prestar la necesaria asistencia al cliente que se encuentre en dificultades.

Límites del resarcimiento por daños.

En cuanto al límite del resarcimiento por daños que resulten del incumplimiento o de la mala ejecución de las prestaciones incluidas en el viaje combinado, se estará a lo dispuesto en la normativa vigente de aplicación.

Por lo que se refiere a los daños que no sean corporales, estos deberán ser siempre acreditados por el cliente. En ningún caso la Agencia se responsabilizará de los gastos de alojamiento, manutención, transportes y otros que se originen por causa de fuerza mayor. Cuando el viaje se efectúe en autocares, “vans”, coches y otros medios de transporte terrestre o acuático contratados por la agencia organizadora directa o indirectamente y ocurra un accidente, cualquiera que sea el país donde se produzca, el cliente habrá de presentar la pertinente reclamación contra la entidad transportista en el respectivo país, a fin de salvaguardar, en su caso, la indemnización del seguro de ésta, siendo auxiliado y asesorado gratuitamente en sus gestiones por la Agencia Organizadora.

El pasajero portador de su correspondiente billete aéreo podrá exigir directamente a la Compañía aérea que le transporta, el cumplimiento de sus obligaciones en el supuesto de over booking, graves retrasos, pérdida de equipaje, etc de conformidad con la normativa en la materia.

10. Delimitación de los servicios del viaje combinado.

Viajes en avión. Presentación en el aeropuerto.

En los viajes en avión, la presentación en el aeropuerto se efectuará con un mínimo de antelación de dos horas sobre el horario oficial de salida, y en todo caso se seguirán estrictamente las recomendaciones específicas que indique la documentación del viaje facilitada al suscribir el contrato.

Hoteles. General

La calidad y contenido de los servicios prestados por el hotel vendrá determinada por la categoría turística oficial, si la hubiere, asignada por el órgano competente de su país. En algunos casos se facilitará en el folleto/catálogo del viaje información de la categoría de los hoteles utilizando la clasificación de estrellas, aunque ésta no sea la vigente en el país concreto, con el fin de que el cliente pueda, a través de la equivalencia en estrellas orientarse más fácilmente sobre los servicios y categorías de los establecimientos, en el conocimiento siempre de que tal calificación tan sólo responde a la valoración realizada por el Organizador.

Dada la vigente legislación al respecto, que establece sólo la existencia de habitaciones individuales y dobles permitiendo que en algunas de estas últimas pueda habilitarse una tercera cama, se estimará siempre que la utilización de la tercera cama se hace con el conocimiento y consentimiento de las personas que ocupan la habitación. Esta tácita estimación deriva de la circunstancia cierta de haber sido advertidos previamente, así como de figurar reflejada la habitación como triple en todos los impresos de reservas facilitados al cliente al abonar el anticipo, en el contrato y los billetes y/o documentación del viaje que se entrega simultáneamente a la firma del mismo. Igualmente en los casos de habitaciones dobles para uso de hasta cuatro personas, con cuatro camas, cuando así se especifique en el programa/oferta.

El horario habitual para la entrada y salida en los hoteles está en función del primer y último servicio que el usuario vaya a utilizar. Como norma general y salvo que expresamente se pacte otra cosa en el contrato, las habitaciones podrán ser utilizadas a partir de las 14 horas del día de llegada y deberán quedar libres antes de las 12 horas del día de salida.

Cuando el servicio contratado no incluya el acompañamiento permanente de guía y en el supuesto de que el usuario prevea su llegada a hotel o apartamento reservado en fecha su horas distintas a las reseñadas, es conveniente, para evitar problemas y malas interpretaciones, comunicar con la mayor anticipación posible tal circunstancia a la Agencia Organizadora, o al hotel o a los apartamentos directamente, según los casos. Igualmente, debe consultar a la Agencia, en el momento de hacer la reserva, la posibilidad de llevar animales, pues generalmente no son admitidos en los hoteles y apartamentos. En el supuesto de haberse confirmado la admisión de animales y se pretenda viajes con ellos, tal circunstancia deberá hacerse constar en el contrato.

El servicio de alojamiento implicará que la habitación esté disponible en la noche correspondiente, entendiéndose prestado con independencia de que, por circunstancias propias del viaje combinado, el horario de entrada en el mismo se produzca más tarde de lo inicialmente previsto.

Otros Servicios.

En los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice después de las 12:00 horas, el primer servicio del hotel, cuando esté incluido en la oferta del programa/folleto, será la cena. Igualmente, en los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice después de las 19:00 horas, el primer servicio del hotel será el alojamiento. Se entenderá siempre como trayecto aéreo directo aquel cuyo soporte documental sea un sólo cupón de vuelo, con independencia de que el vuelo realice alguna parada técnica.

En los circuitos, los autocares pueden variar sus características en función del número de participantes. Si en alguna salida no se llega a un número suficiente de viajeros, es posible que se utilice un minibús o "van", que, salvo indicación expresa en contrario, no tienen los asientos reclinables. Asimismo, en la descripción de cada circuito está indicado si el autocar posee o no aire acondicionado, entendiéndose que no lo tiene si nada se indica. El transporte en los parques naturales para la realización de safaris fotográficos se efectúa en "van" o en vehículos todo-terreno característicos de cada país. En todos los casos anteriores el diseño, estructura, confort y seguridad del vehículo de transporte puede no adaptarse a las normas y estándares españoles, sino a los que son propios del país de destino del viaje.

Servicios Suplementarios.

Cuando los usuarios soliciten servicios suplementarios (por ejemplo habitación vista al mar, etc.) que no les puedan ser confirmados definitivamente por la Agencia Organizadora, el usuario podrá optar por desistir definitivamente del servicio suplementario solicitado o mantener su solicitud a la espera de que tales servicios puedan finalmente serles prestados.

En el supuesto de que las partes hubieran convenido el pago previo del precio de los servicios suplementarios que finalmente no le puedan ser prestados, el importe abonado le será reembolsado por la Agencia detallista inmediatamente al desistimiento del servicio por parte del cliente o al regreso del viaje, según el usuario haya optado por el desistimiento en la prestación del servicio suplementario solicitado o haya mantenido la solicitud.

Apartamentos.

Al efectuar la reserva, el cliente es plena y exclusivamente responsable de hacer la declaración correcta del número de personas que ha de ocupar el apartamento, sin omitir los niños cualquiera que sea su edad. Se advierte que la administración de los apartamentos puede legalmente negarse a admitir la entrada de aquellas personas no declaradas, no habiendo lugar a reclamación alguna por esa causa.

En algunos casos hay posibilidad de habilitar cama/s supletoria/s o cunas, que deberán ser solicitadas por los clientes antes de perfeccionarse el contrato, y que salvo expresa mención en contrario, no estarán incluidas en el precio publicado del apartamento.

En el alquiler de apartamentos, en algunas ocasiones, ha de suscribirse in situ el correspondiente contrato de arrendamiento según el modelo ajustado a la vigente legislación, del que, en el caso de que fuera posible y así lo hubiera solicitado por escrito el cliente a la Agencia, podrá obtener una copia con anterioridad al inicio del viaje. Este contrato debe ser firmado por el cliente, quién abonará la correspondiente fianza o seguro de responsabilidad civil para responder a los eventuales desperfectos, si aquella es exigida.

Condiciones económicas especiales para niños.

Dada la diversidad del tratamiento aplicable a los niños, dependiendo de su edad, del proveedor de servicios y de la fecha del viaje, se recomienda consultar siempre el alcance de las condiciones especiales que existan y que en cada momento serán objeto de información concreta y detallada y se recogerá en el contrato o en la documentación del viaje que se entregue en el momento de su firma. En general, en cuanto al alojamiento, serán aplicables siempre que el niño comparta la habitación con dos adultos.

En lo referente a estancias de menores en el extranjero se estará a la información facilitada puntualmente para cada caso y a lo que pueda constar en el contrato o en la documentación del viaje que se entregue al suscribirlo.

Circuitos.

La Agencia organizadora pone en conocimiento de los clientes, que en los circuitos especificados en el folleto/catálogo, el servicio de alojamiento se prestará en alguno de los establecimientos relacionados en el mismo o en otros de igual categoría y zona e igualmente que el itinerario del circuito podrá ser desarrollado según algunas de las opciones descritas asimismo en el programa/oferta. Esta indefinición no supone modificación del contrato.

11. Pasaportes, visados y documentación.

Todos los usuarios, sin excepción (niños incluidos), deberán llevar en regla su documentación personal y familiar correspondiente, sea el pasaporte o D.N.I., según las leyes del país o países que se visitan. Será por cuenta de los mismos cuando los viajes así lo requieran la obtención de visados, pasaportes, certificados de vacunación, etc. Caso de ser rechazada por alguna Autoridad la concesión de visados, por causas particulares del usuario, o ser denegada su entrada en el país por carecer de los requisitos que se exigen, o por defecto en la documentación exigida, o por no ser portador de la misma, la Agencia organizadora declina toda responsabilidad por hechos de esta índole, siendo por cuenta del cliente cualquier gasto que se origine, aplicándose en estas circunstancias las condiciones y normas establecidas para los supuestos de desistimiento voluntario de servicios. Se recuerda igualmente a todos los usuarios, y en especial a los que posean nacionalidad distinta a la española, que deben asegurarse, antes de iniciar el viaje, de tener cumplidas todas las normas y requisitos aplicables en materia de visados a fin de poder entrar sin problemas en todos los países que vayan a visitarse. Los menores de 18 años deben llevar un permiso escrito firmado por sus padres o tutores, en previsión de que el mismo pueda ser solicitado por cualquier autoridad.

12. Equipajes.

A todos los efectos y en cuanto al transporte terrestre se refiere, se entenderá que el equipaje y demás enseres personales del cliente los conserva consigo, cualquiera que sea la parte del vehículo en que vayan colocados, y que se transportan por cuenta y riesgo del cliente. Se recomienda a los clientes que estén presentes en todas las manipulaciones de carga y descarga de los equipajes. En cuanto al transporte aéreo, ferroviario, marítimo o fluvial de equipaje, son de aplicación las condiciones de las compañías transportadoras, siendo el billete de pasaje el documento vinculante entre las citadas compañías y el pasajero. En el supuesto de sufrir algún daño o extravío el cliente deberá presentar, en el acto, la oportuna reclamación a la Compañía de Transportes. La Agencia Organizadora se compromete a prestar la oportuna asistencia a los clientes que puedan verse afectados por alguna de estas circunstancias.

13. Información al cliente:

Para los casos en los que el viaje combinado no incluya seguro en el precio, se informa al cliente sobre la posibilidad de suscripción facultativa de un seguro que le cubra los gastos de cancelación y/o de un seguro de asistencia que cubra los gastos de repatriación en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento.

El cliente podrá informarse de los riesgos probables implícitos al destino y al viaje contratado accediendo a la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores (http://www.mae.es).

La programación incluida en los catálogos/folletos es susceptible de errores tipográficos subsanables con el contrato o factura posterior establecidos entre la Agencia y el cliente.

La Agencia se reserva el derecho de admisión y el derecho de exclusión en el grupo a ciertas personas que por su actuación perturbadora o exigencias del programa del viaje puedan dificultar la buena marcha del viaje y la armonía en la convivencia del grupo.

En el supuesto de haber confirmado la Agencia la admisión de animales y se pretenda viajar con ellos, tal circunstancia deberá hacerse constar en el contrato.

Durante el viaje la Agencia se reserva el derecho de sacar fotos, películas o cintas de video durante la operación de cualquier viaje o de parte de él, y de utilizarlas para propósitos promocionales. Mediante la reserva, los miembros del viaje acuerdan permitir que su imagen aparezca en tales medios.

Aceptación de las Condiciones.

Toda reserva formalizada o suma depositada supone la aceptación expresa de estas Condiciones Generales por la Agencia de Viajes contratante y el cliente usuario.

COMO RESERVO // COMO PAGO // CONDICIONES GENERALES

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